Con el Objetivo ampliar la cobertura en el servicio de salud a la población Pobre no asegurada del Municipio; La Secretaría de Salud invita a la segunda de afiliación en el Régimen Subsidiado en Salud, al cual deben estar afiliadas las personas pobres y vulnerables del país, es decir, las clasificadas con el nivel del sisben uno y dos siempre y cuando no estén afiliadas al régimen contributivo, especiales o de excepción, y las poblaciones especiales prioritarias, tales como personas en condición de desplazamiento, población infantil abandonada a cargo del ICBF, menores desvinculados del conflicto armado, comunidades indígenas; personas mayores en centros de protección; población rural migratoria; personas del programa de protección a testigos; indigentes y población gitana (conocida como ROM), entre otros.
Es importante tener en cuenta; La Movilidad: Es un mecanismo que permite a los afiliados continuar inscritos en la misma EPS, si está afiliado al Régimen Subsidiado y consigue empleo puede permanecer en la misma EPS con su núcleo familiar, para lo cual, debe informar a su empleador y éste, reportar a la EPS la novedad de movilidad. Si está afiliado al Régimen Contributivo y pierde su capacidad de pago y se encuentra en los niveles I o II del SISBEN, puede permanecer en la misma EPS con su núcleo familiar, para lo cual, deberá reportar a la EPS la novedad de movilidad.